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http://hdl.handle.net/10872/3366
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Título : | La facultad del Estado ribereño para intervenir buques pesqueros en alta mar |
Autor : | Atars, Glenn |
Palabras clave : | Facultad Estado ribereño recursos pesqueros buques pesqueros en alta mar Derecho del Mar |
Fecha de publicación : | 2-May-2013 |
Citación : | 2012;980-0001 |
Resumen : | El propósito de este trabajo es analizar, desde la perspectiva del Estado
venezolano, la facultad del Estado ribereño para intervenir en alta mar los buques
pesqueros extranjeros por motivos de conservación ambiental de los recursos
pesqueros. Para ello se establecieron los siguientes objetivos específicos: a)
Analizar si mediante la conservación ambiental de los recursos pesqueros, el Estado ribereño tiene la facultad de intervenir en alta mar a un buque pesquero extranjero. b) Establecer las implicaciones entre los principios del Derecho del Mar y los derechos del buque pesquero extranjero en alta mar; y c) Analizar las situaciones
originadas internacionalmente como son el conflicto pesquero entre Canadá y la
Comunidad Europea, el mar presencial de Chile y el mar de intereses argentinos en función de la facultad del Estado ribereño de intervención del buque pesquero extranjero en alta mar. Las interrogantes que la investigación se planteo fueron las siguientes: ¿Es posible la facultad de un Estado ribereño de intervenir en alta mar a
un buque pesquero extranjero?, ¿Qué implicaciones tiene la conservación de los
recursos pesqueros que abarcan a las poblaciones de peces transzonales y
altamente migratorias entre la Zona Económica Exclusiva y alta mar?, ¿Cuál es la imbricación por las implicaciones entre los principios del Derecho del Mar y los derechos del buque pesquero extranjero en alta mar?, ¿Cuáles situaciones origina la conservación de los recursos pesqueros en alta mar?. La metodología empleada fue de carácter de investigación analítica y de desarrollo conceptual, de corte monográfico a nivel descriptivo basado en una revisión de bibliografías, doctrinas y jurisprudencias. El nivel de análisis del estudio fue concebido dentro de la modalidad de investigación documental de corte monográfico. La primera fase se efectuó
tomando en consideración la lectura de textos y leyes nacionales y extranjeros además de jurisprudencia internacional. La segunda fase, consistió en el análisis e interpretación de las referencias bibliográficas. Finalmente, producto de la
monografía se generaron las siguientes conclusiones: a) Cuando el Estado ribereño
venezolano podrá, en las aguas de alta mar adyacentes a su ZEE ejercer la facultad
intervención de buques pesqueros en alta mar; b) Los derechos del buque pesquero en alta mar son los mismos principios del Derecho del Mar e incluso principios de derecho consuetudinario internacional; y, c) Las situaciones originadas internacionalmente por los actos unilaterales de las legislaciones internas de Argentina, Chile y Canadá, sirven como guía al Estado ribereño venezolano. |
URI : | http://hdl.handle.net/10872/3366 |
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