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Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: http://hdl.handle.net/10872/17626

Título : Violencia mediática y simbólica en el contexto de la violencia contra la mujer: análisis de la legislación venezolana
Otros títulos : Cota - C 2015 K5
Autor : Kislinger Guerra, Luisa Elena
Palabras clave : Mujeres y comunicación
Violencia Mediática
Violencia Simbólica
Libertad de Expresión
Género
Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia
Violencia contra la Mujer
Venezuela
Derecho a la No- Discriminación por Razones de Sexo
Trabajo de Grado - Maestría en Comunicación Social, ININCO-UCV
Fecha de publicación : 28-Jan-2018
Resumen : La Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a Vivir una Vida Libre de Violencia fue aprobada en el año 2007 por la Asamblea Nacional de Venezuela. Se trató de la primera ley de segunda generación en materia de violencia contra la mujer aprobada en toda la región de América Latina y el Caribe. Fue, además, la primera en incluir las nociones de violencia mediática y violencia simbólica contra la mujer como modalidades de esta problemática. Se trata de un paso de gran importancia puesto que enmarca los esfuerzos dirigidos a modificar los contenidos discriminatorios de las mujeres en los medios de comunicación. En ese contexto, la presente investigación se propuso como objetivo general contribuir a los esfuerzos por difundir e implementar la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, particularmente en lo relativo a la violencia mediática y la violencia simbólica. Igualmente, se planteó ampliar la comprensión de éstos dos tipos de violencia en el contexto general de la violencia contra la mujer, y demostrar la importancia de su adopción. Este trabajo es de carácter documental, analítico-demostrativo, abarcando materiales bibliográficos y hemerográficos relacionados con la temática de violencia mediática y violencia simbólica, la libertad de expresión y el derecho a la no-discriminación, que luego fueron relacionados con el contexto general de la violencia contra la mujer. También fueron consultadas leyes y jurisprudencia local y extranjera relacionada con la materia.La violencia contra la mujer es una problemática social compleja en la que se conjugan diversos factores, incluyendo el entorno cultural liderado por los medios de comunicación. A través de sus distintos contenidos, los medios contribuyen a reforzar convenciones y normas sociales correspondientes al sistema patriarcal dominante sobre el cual se sustentan las relaciones desiguales de poder entre hombres y mujeres. Las mujeres suelen ser representadas de manera sesgada, a través de estereotipos que dan por natural su desempeño en ciertos roles sociales tales como ama de casa, cuidadora, compradora compulsiva, madre, entre otros. Ello contribuye a construir una visión desvalorizada y subordinada de las mujeres, lo cual aumenta su vulnerabilidad ante la violencia.Los esfuerzos por llamar la atención sobre la importancia de que los medios de comunicación realicen representaciones equilibradas de las mujeres no son nuevos. Desde la Conferencia Mundial de la Mujer, celebrada en Beijing en 1995, se instó a los gobiernos a tomar medidas a fin de que los contenidos mediáticos no discriminaran o invisibilizaran a las mujeres. Más atrás en el tiempo, desde los años 70, los estudios feministas de medios han investigado y alertado sobre los efectos dañinos que los estereotipos de género presentados por los medios tienen sobre la vida de las mujeres, y sobre cómo los discursos mediáticos justifican su discriminación. Tanto la Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), como la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belem Do Pará), de las cuales Venezuela es parte, instan a los Estados a adoptar medidas relacionadas con las representaciones de las mujeres hechas por los medios de comunicación y con la modificación de patrones culturales discriminatorios.La tipificación de la violencia mediática y violencia simbólica son, entonces, el resultado de distintos llamados y compromisos previos. Pero, más aún, dicha tipificación se encuentra plenamente justificada por cuanto los medios venezolanos insisten mayoritaria y sistemáticamente en representar a las mujeres de manera degradante, sesgada y discriminatoria, sin que existan iniciativas de autorregulación o lineamientos, que propicien modificaciones hacia representaciones equilibradas de género. De cara a la libertad de expresión, deben ser comprendidas como restricciones legítimas al ejercicio de ese derecho, y vistas, además, como medidas de acción positiva que buscan lograr la igualdad entre mujeres y hombres en las representaciones hechas por los medios de comunicación, que en definitiva, contribuirán a propiciar un cambio cultural en la manera en la cual las mujeres son vistas socialmente. Sin embargo, se requiere abogar y velar por la debida aplicación de los artículos sobre violencia mediática y violencia simbólica en favor de las mujeres, y no como herramientas de censura o de presión política.A pesar de haber transcurrido 7 años desde la aprobación de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, son pocas las acciones que se han emprendido para la aplicación de los artículos sobre violencia mediática y violencia simbólica. Más importante aún, no existen políticas públicas ni programas en esa esfera. Ha sido muy poco lo que se ha escrito y/o investigado sobre ambas modalidades de violencia, al tiempo que las universidades – públicas y privadas – no poseen la temática de mujer y comunicación como línea de investigación. El trabajo con todas/os los actores y entes involucrados en el quehacer comunicacional en relación con las representaciones de las mujeres sigue siendo una tarea pendiente.
URI : http://hdl.handle.net/10872/17626
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